ABOGADO LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD
EN LOGROÑO (LA RIOJA)
Recupera tu vida Empieza de cero
¿Las deudas te superan?
Si las llamadas de los acreedores, los impagos o la sensación de no llegar a fin de mes forman parte de tu día a día, no tienes por qué afrontarlo en soledad.
La Ley de Segunda Oportunidad puede ser tu camino hacia una nueva etapa, más tranquila y sin cargas que te impidan avanzar.
En López Bañares Abogados somos especialistas en Ley de Segunda Oportunidad en Logroño. Te acompañamos desde el primer momento con un asesoramiento cercano, honesto y adaptado a tu situación.
Estamos para ayudarte.
Especialistas en ayudarte a salir adelante
¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos que atraviesan una situación económica insostenible negociar, reducir o incluso cancelar la totalidad de sus deudas.
Es un mecanismo legal seguro y eficaz, pensado para quienes han hecho todo lo posible por liberarse de sus cargas y no lo han conseguido. La Segunda Oportunidad puede ser el camino hacia una nueva etapa libre de deudas.
- En nuestro despacho realizamos un estudio previo de viabilidad, valorando contigo las opciones reales del procedimiento y resolviendo tus dudas con absoluta claridad.
¿Qué podemos conseguir con la Ley de Segunda Oportunidad?
Hemos ayudado a autónomos, consumidores, trabajadores, familias y emprendedores a liberarse de situaciones que creían irreversibles.
Cancelación total o parcial de tus deudas
Planes de pago realistas
Pensados para que puedas vivir con tranquilidad

Protección
Frente a amenazas, embargos y llamadas constantes
Inclusión de todo tipo de deudas
Incluidas deudas públicas (Hacienda y Seguridad Social, dentro de los límites legales).

Posibilidad de conservar tu vivienda habitual, en determinados casos
- Acompañamiento constante durante todo el proceso
- Explicaciones claras, sin tecnicismos
- Honestidad sobre tus opciones reales
- Profesionalidad, rigor y experiencia
- Apoyo humano en un momento delicado
- Estudio previo de viabilidad
- Cita presencial o videollamada
- Respuestas claras desde el primer minuto
- Un acompañamiento profesional y cercano
- Consúltanos sin compromiso
Preguntas frecuentes
¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
Pueden acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad las personas físicas, sean o no empresarias, es decir, tanto particulares como autónomos, siempre que se encuentren en situación de insolvencia y actúen de buena fe. En la práctica, está pensada para quienes no pueden hacer frente de forma regular a sus deudas y necesitan una vía legal para cancelarlas total o parcialmente y empezar de nuevo con mayor estabilidad económica.
¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad si tengo nómina?
Sí, tener nómina no impide acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. De hecho, muchas personas asalariadas recurren a este mecanismo precisamente porque, aun teniendo ingresos, no pueden asumir de forma normal el pago de préstamos, tarjetas, microcréditos u otras deudas acumuladas.
¿Qué requisitos hay para solicitar la Ley de Segunda Oportunidad?
Para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad hay que ser una persona física, ya sea particular o autónomo, estar en una situación de insolvencia y poder solicitar la exoneración como deudor de buena fe.
- Ser persona física: particular o autónomo
- Estar en insolvencia actual o inminente, es decir, no poder pagar regularmente las deudas
- Actuar de buena fe
- No haber sido condenado por delitos patrimoniales, socioeconómicos, de falsedad documental, contra Hacienda, la Seguridad Social o los derechos de los trabajadores en los plazos que marca la ley
- No haber sido sancionado por infracciones tributarias, de Seguridad Social o del orden social cuando la norma lo impide
- No haber ocultado bienes, ingresos o información relevante
¿Qué deudas se pueden cancelar con la Ley de Segunda Oportunidad?
Con la Ley de Segunda Oportunidad pueden cancelarse muchas deudas comunes, especialmente préstamos personales, créditos al consumo, tarjetas revolving, descubiertos bancarios, financiaciones privadas y otras deudas. No obstante, la ley establece excepciones: hay deudas no exonerables, como determinadas responsabilidades civiles, pensiones de alimentos y parte del crédito público, aunque este último puede llegar a exonerarse dentro de los límites legales previstos.
¿Cuánto tarda el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad?
El tiempo que tarda un proceso de Ley de Segunda Oportunidad depende de cada caso, del volumen de deudas, de si existen bienes, de si hay oposición de acreedores y de la vía utilizada. En asuntos sencillos puede resolverse en pocos meses, mientras que los procedimientos más complejos pueden alargarse más.
¿Quién paga la deuda de la Ley de la Segunda Oportunidad?
En la Ley de Segunda Oportunidad no hay un tercero que “pague la deuda” por el deudor: lo que hace el procedimiento es permitir que, si se cumplen los requisitos legales, una parte de las deudas quede exonerada y otra, si procede, se atienda mediante liquidación de bienes o mediante un plan de pagos. Es decir, el deudor responde con su patrimonio embargable o con su capacidad de pago en los términos que apruebe el juzgado, y el resto de deuda exonerable puede quedar legalmente cancelado.


